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La coordinadora LA VEGA
BAJA NO SE VENDE, a través de la Asociación de
Vecinos “San Miguel Arcángel” de San Miguel de
Salinas, interpuso en 2007 ante el Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana
(TSJ) un recurso contencioso-administrativo
contra la aprobación por parte de la Consellería
de Infraestructuras y Transporte de la
Generalitat Valenciana del proyecto básico de la
autovía CV-95 Orihuela-Costa. En 2008
formalizamos la demanda contra una autovía de
nuevo trazado que de ejecutarse produciría en el
territorio afectado (términos de Orihuela,
Bigastro, Jacarilla, San Miguel de Salinas y
Torrevieja) un grave impacto territorial,
ambiental y paisajístico negativo (afecciones a
la huerta tradicional del Segura y a la huerta
de San Miguel, aumento del riesgo de inundación,
efecto barrera al paso de la fauna terrestre),
importantes expropiaciones y el fomento de los
procesos de urbanización salvaje.
En nuestra demanda
destacamos que la aprobación definitiva del
proyecto se produjo en julio de 2006, ocho meses
antes de contar con la preceptiva declaración de
impacto ambiental (DIA), dictada en marzo de
2007. Además, la resolución de aprobación
pretendía que fuera el proyecto de construcción
el que asumiera las determinaciones de la DIA.
Es decir, primero se aprueba el proyecto básico,
luego la declaración de impacto ambiental, y
luego la adjudicataria de las obras introduce en
el proyecto de construcción las modificaciones
que pudiera imponer la DIA. Todo un fraude al
procedimiento administrativo, en el que hasta
que la DIA no se aprueba no puede aprobarse
definitivamente el proyecto que se somete a
evaluación de impacto ambiental, un proyecto que
precisamente se adapta a las determinaciones de
la DIA en la aprobación definitiva del proyecto
básico, nunca en la redacción del posterior
proyecto de construcción.
El TSJ estima nuestro
recurso precisamente por esa irregularidad en el
procedimiento, poniendo además en cuestión el
proceso de evaluación de impacto ambiental
llevado a cabo por la Consellería de Medio
Ambiente al haberse analizado únicamente el
impacto ambiental de una de las tres
alternativas de trazado (la elegida por la
Consellería, precisamente la que mayor impacto
causa al territorio), cuando debería haberse
evaluado el impacto ambiental de todas ellas
para poder dictarse con propiedad la declaración
de impacto ambiental. Por todo ello el TSJ
declara en su sentencia la nulidad absoluta del
proyecto aprobado, emplazando a la Generalitat a
que, si sigue considerando de interés público
aprobar este proyecto, se reinicie el expediente
y se proceda a la tramitación completa del
procedimiento de evaluación de impacto
ambiental.
Desde LA VEGA BAJA NO SE
VENDE valoramos muy positivamente esta sentencia
y pedimos a la Consellería de Infraestructuras
que aproveche este momento para abrir, sin
ningún tipo de hipotecas, un proceso de
participación ciudadana en la comarca que defina
su planificación en materia de movilidad, de
modo que la actual vorágine de proyectos viarios
(CV-95, CV-91, AP-37) se reconduzca hacia
propuestas mas racionales, sostenibles y
consensuadas socialmente. Desde LA VEGA BAJA NO
SE VENDE, que ha alegado a todos y cada uno de
esos proyectos viarios, reiteramos las
propuestas que ya expusimos en las alegaciones
que en 2005 y 2006 presentamos a los proyectos
de las autovías de nuevo trazado CV-95 y CV-91:
desdoblamiento de las carreteras actuales donde
sea posible y variantes donde no exista esa
posibilidad, liberación de peaje de la autopista
AP-7 Alicante - Cartagena, y apuesta por el
transporte público y ecológico mediante
plataformas de transporte público (tranvía,
autobús con guiado óptico,..) y carriles bici.
Elche 13-07-09 - Redactado
por Miguel Angel Pavón - Portavoz de "La Vega
Baja no se vende" |